Servicio Comunitario del Estudiante Universitario
Servicio Comunitario del Estudiante Universitario
¿Qué es el Servicio Comunitario?

***Es la actividad que deben desarrollar los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica; en beneficio de la comunidad para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y en la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación superior.

Estimado Graduando recuerda hacer el Censo de Servicio Comunitario
 
**Tabla con las Unidades de Crédito para cursar el taller “Aprender Sirviendo a la Comunidad” y el Servicio Comunitario (Respectivamente)Click acá para visualizar la Tabla
Ley de Servicio Comunitario
¿Qué es Comunidad?
***Es el ámbito social de enlace nacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación superior para la prestación del servicio comunitario.
Requisitos para la obtención del título de Educación Superior
***El servicio comunitario es un requisito para la obtención del titulo de educación superior, no creara derecho u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.
Fines del Servicio Comunitario
flecha
Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.
flecha
Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
flecha
Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje del servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva.
flecha
Integrar a las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.
flecha
Formar a través del aprendizaje del servicio, el capital social del país.
Duración del Servicio Comunitario
***El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación superior adaptaran la duración del servicio comunitario a su régimen académico.
Los Recursos
***Las instituciones de educación superior, incluirán los recursos necesarios para la realización del servicio comunitario en el plan operativo anual, sin menoscabo de los que puedan obtenerse, a través de los convenios.
La Capacitación
***El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de educación superior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o talleres sobre la realidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico estudiantil para la ejecución del servicio comunitario, con el objeto de preparar a los coordinadores, asesores y estudiantes en sus responsabilidades, metas y propósitos para la realización del servicio comunitario.
Atribuciones
flecha
Garantizar que los proyectos aprobados por la institución, estén orientados a satisfacer las necesidades de la comunidad.
flecha
Ofertar a los estudiantes de educación superior los proyectos existentes, según su perfil académico.
flecha
Celebrar convenios para la prestación de servicios comunitario, con el sector público, privado y las comunidades.
flecha
Expedir la constancia de culminación de prestación del servicio comunitario.
flecha
Elaborar los proyectos de acuerdo al perfil académico de cada disciplina y a las necesidades de las comunidades.
flecha
Brindar al estudiante la asesoría necesaria para el cumplimiento del servicio comunitario.
flecha
Elaborar su reglamento interno para el funcionamiento del servicio comunitario.
flecha
Ofrecer al estudiante reconocimientos o incentivos académicos, previa evaluación del servicio ejecutado.
flecha
Determinar el momento de inicio, la duración, el lugar y las condiciones para la prestación del servicio comunitario.
flecha
Adaptar la duración del servicio comunitario a su régimen académico.
flecha
Establecer convenios con los Consejos Locales de Planificación Pública, Consejos Estadales de Planificación y coordinación de políticas públicas, instituciones y organizaciones públicas o privadas y comunidad organizada entre otros.
flecha
Evaluar los proyectos presentados por los sectores con iniciativa, a objeto de ser considerada su aprobación.
flecha
Establecer las condiciones necesarias para la ejecución de los proyectos.
Derechos de los Prestadores del Servicio
flecha
Obtener información oportuna de los proyectos ofertados por las instituciones de educación superior, para el servicio comunitario.
flecha
Obtener información sobre los requisitos y procedimientos para inscribirse en los proyectos ofertados por la institución de educación superior.
flecha
Recibir la asesoría adecuada y oportuna para desempeñar el servicio comunitario.
flecha
Recibir un trato digno y ético durante el cumplimiento del servicio comunitario.
flecha
Realizar actividades comunitarias de acuerdo con el perfil académico de la carrera.
flecha
Recibir de la institución de educación superior la constancia de culminación del servicio comunitario.
flecha
Recibir de la institución de educación superior, reconocimientos o incentivos académicos, los cuales deben ser establecidos en el reglamento interno elaborado por cada institución.
flecha
Inscribirse de manera gratuita, para participar en los proyectos de servicio comunitario.
flecha
Participar en la elaboración de los proyectos presentados como iniciativa de la institución de educación superior.
De las Sanciones
***El personal académico y los estudiantes de educación superior que incumplan esta Ley, estarán sometidos a observación de todas las normas vigentes, relativas al cumplimiento de sus obligaciones en las cuales se desarrolla el servicio comunitario y a la disciplina del instituto de educación superior correspondiente. Las instituciones de educación superior serán sancionadas de acuerdo a las leyes que regulan la materia.
 
..
 
. . . . .
.
. . . . .
.
Universidad Yacambú RIF: J-08515699-2
..............Dirección de Tecnología de la Información
..............
Departamento de Sistemas
Para contactos internos y/o sugerencias: webmaster@uny.edu.ve
©2009